Subvenciones hosteleria

AYUDAS PARA ACTUACIONES DE MEJORA DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS DE ALOJAMIENTO Y DE RESTAURACIÓN DE GALICIA

Beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas (pymes) titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y restauración y que tengan autorizado o clasificado el establecimiento turístico en el Registro de Empresas y Actividades turísticas.

Se deberá acreditar la titularidad del inmueble.

Se debe acreditar una antigüedad en el ejercicio de la actividad en el establecimiento no inferior a 5 años a la fecha de solicitud de la ayuda, tanto de la actividad como del establecimiento (se toma de base la fecha de inscripción en el REAT).

Estos requisitos deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

Establecimientos objeto de ayuda:

  1. Establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos y albergues turísticos.
  2. Las empresas de restauración que se enmarquen dentro del grupo I del artículo 77 de la Ley 7/2011, del 27 de octubre

 

Proyectos Subvencionados 

  • Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
  • Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificados de calidad, en especial la Q de Calidad Turística.
  • Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
  • Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y envejecimiento del entorno de las instalaciones.
  • Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento
  • Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implantación de medidas de ahorro energético, así como la instalación o mejora de sistemas de extracción y renovación del aire.
  • Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento
  • Adaptación de los sistemas de seguridad y salud en la prestación de servicios

Requisitos del proyecto:

  • Inversión máxima admisible: 100.000 €
  • Puntuación mínima del expediente: 20 puntos

 

Gastos Subvencionables :

  • Inversiones netas de  la entidad como consecuencia de la realización del proyecto
  • Gastos de obra vinculados con la ejecución del proyecto, servicios profesionales vinculados al proyecto tales como honorarios técnicos de redacción de proyecto y dirección de obra (máximo 6% de la inversión total).

 

NO son subvencionables:

  • Adquisición de terrenos, edificaciones, locales y elementos de transporte.
  • Gastos corrientes de la empresa y la adquisición de material no inventariable, así como menaje de cocina  y comedor (vajilla, cubertería, cristalería y pequeños utensilios), ajuar de las habitaciones y baños, y adquisición de bienes de embellecimiento y decoración de estancias.
  • Obras de mantenimiento del establecimiento, entendiendo por tales las que se realizan periódicamente para mantener la edificación en perfecto uso (limpieza de canalones, pintura, arreglos de carpintería..)
  • Seguros, tasas por autorizaciones administrativas, licencias o similares.
  • Gastos de conectividad
  • Activos adquiridos mediante leasing o renting ni los que hayan sido fabricados, realizados o desarrollados por la entidad solicitante.

 

Plazo de Presentación: 

  • Hasta el 07 de marzo de 2022

 

Período de Ejecución:

  • Desde el 01 de enero de 2022 y hasta el 31 de octubre de 2022.

 

Cuantía de la ayuda: 

  • ​Entre un 30 % hasta un 50% del gasto subvencionado.

 

GESTORIA LARIÑO ARES

981 74 58 98 //  628 878 872